Por qué puedes tener derecho a una compensación

El Reglamento (CE) n.º 261/2004 da a los pasajeros una compensación fija. No depende de lo que costó el billete.

Cuándo se aplica

Llegaste a tu destino final con 3 o más horas de retraso, te cancelaron el vuelo con menos de 14 días de antelación o te denegaron el embarque. El vuelo salió de la UE, del EEE o de Suiza, o llegó allí con una aerolínea de la UE o del EEE. Las normas británicas (UK261) dan los mismos derechos en los vuelos que salen del Reino Unido y en los que llegan allí con una aerolínea británica o de la UE.

Cuánto

250 € en vuelos de hasta 1.500 km, 400 € hasta 3.500 km y 600 € en vuelos más largos. Por pasajero, también los niños con asiento propio.

La excepción principal

La aerolínea no paga si hubo circunstancias extraordinarias, como una tormenta o restricciones del control del tráfico aéreo. Pero tiene que demostrarlo. Los problemas técnicos y las huelgas de su propio personal no suelen contar.

No esperes demasiado

En España, el plazo de prescripción es de 5 años. Ante AESA tienes 1 año desde tu reclamación previa a la aerolínea. En vuelos a partir del 2 de junio de 2023, la decisión de AESA es vinculante para la compañía. En Polonia el plazo es de solo 1 año desde el vuelo. En los Países Bajos el derecho caduca a los 2 años de la llegada, y solo una demanda judicial detiene el plazo, no una carta. En Alemania la reclamación prescribe a los 3 años, contados desde el final del año del vuelo. En Finlandia, Dinamarca y Noruega el plazo suele ser de 3 años, en Islandia de 4 y en Irlanda y el Reino Unido de 6 (5 en Escocia). En Malta el plazo no está claro, así que actúa en un plazo de 2 años por si acaso.

Cómo se calcula la compensación

Distancia del vueloCompensación por pasajero
Hasta 1.500 km250 €
De 1.500 a 3.500 km, y todos los vuelos dentro de la UE de más de 1.500 km400 €
Más de 3.500 km600 €

Retraso. Cuenta el retraso en tu destino final, medido cuando se abren las puertas. Si llegas con 3 o más horas de retraso, te corresponde lo mismo que por una cancelación (Sturgeon C-402/07; Germanwings C-452/13). En vuelos de más de 3.500 km que llegan con 3 a 4 horas de retraso, la aerolínea puede reducir la cantidad a la mitad.

Cancelación. Te corresponde compensación salvo que te avisaran con al menos 14 días de antelación, o más tarde pero con un vuelo alternativo cercano a tus horarios originales.

Denegación de embarque. Si el vuelo tenía overbooking y no te dejaron embarcar, te corresponde compensación directamente.

Qué vuelos. Todos los vuelos que salen de la UE, del EEE (incluidas Noruega e Islandia) o de Suiza, y los que llegan allí con una aerolínea de la UE o del EEE. El precio del billete no importa. A los niños con asiento propio les corresponde lo mismo.

La excepción. La aerolínea no paga si demuestra circunstancias extraordinarias, como una tormenta o restricciones del control del tráfico aéreo, y que tomó todas las medidas razonables. Los problemas técnicos, la enfermedad de la tripulación y las huelgas de su propio personal no suelen contar.

¿Ya tienes la respuesta de la aerolínea? Pégala en la comprobación del rechazo y mira qué ha dicho el Tribunal de Justicia de la UE sobre lo que alega.